sábado, 3 de agosto de 2013

RESUMEN DE LOS AUXILIARES DE LOS COMERCAINTES
AUXILIARES MERCANTILES

Son aquellas personas que ejercen una actividad con el propósito de realizar negocios comerciales ajenos o facilitar su conclusión, es aquel que realiza su actividad de colaboración dentro de la empresa sea que lo haga fuera de la empresa es, por una parte que su auxilio sea de contenido mercantil, y por otra parte que realice los actos jurídicos o materiales por cuenta del empresario sea en nombre del empresario, sea en nombre del propio auxiliar correspondiente, o bien que en razón de su encargo realice actividades tendientes a preparar, negociar o concluir negocios inherentes a la empresa.
Estas personas tienen que estar consciente del trabajo que ejercen como comerciantes por que tienen que velar por su propio  interés y que no tengan perdida ni ganancia y tienen una función  como un  tipo de intermediario por realizar dicha actividad mercantil.

AUXILIARES DEPENDIENTES
los auxiliares dependientes del empresario, en nuestro sistema serán considerados trabajadores, cualquiera que sea la denominación que se le dé al contrato que establezca la relación entre dependiente y empresario el principal auxiliar del empresario, ya que es él quien se encarga de la administración y gestión de la empresa y quien, se encuentra facultado para negociar y contratar sobre todo lo que se constituye o forma parte de las actividades a que se encuentra afecta dicha empresa.
El CCO solamente se te refiere a la palabra gerente cuando una persona tiene la administración de una empresa donde el empresario es una persona moral, sin embargo no encontramos ningún obstáculo para que una persona que tenga a su cargo la dirección de una empresa o establecimiento cuya titularidad le corresponda a un persona física, pueda ser llamada también gerente, visto este como director así q no requerirá un poder otorgado por el empresario para poder llevar a cabo todos los negoci


AUXILIARES INDEPENDIENTES
Son elementos de la empresa del empresario al cual auxilian, si no que se limita a cooperar, sin dependencia o subordinación respecto del mismo empresario. El vínculo entre ellos y el empresario no es una relación laboral, sino diversos actos o negocios, generalmente de carácter mercantil al empresario de fuera de la empresa, en ocasiones permanentes y de otra manera esporádica, sin dependencia o subordinación
Corredores públicos  podrán ejercer sus funciones fuera de la plaza respectiva. Cuando actúen como fedatarios lo podrán hacer únicamente dentro de la plaza para la que fueron habilitados.
Los artículos que corresponden al corredor público son los siguientes
Artículo 60.- - Al corredor público corresponde:

I.- Actuar como agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil;

II.- Fungir como perito valuador, para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente;
III.- Asesorar jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio;






IV.- Actuar como árbitro, a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, de acuerdo con la ley de la materia;


V. Actuar como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto en tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil;

VI. Actuar como fedatario en la constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica;

VII. Cotejar y certificar las copias de las pólizas o actas que hayan sido otorgadas ante ellos, así como de los documentos que hayan tenido a la vista que sean de los referidos en los artículos 33 a 50 del Código de Comercio, y

VIII. Las demás funciones que le señalen ésta y otras leyes o reglamentos.
Las anteriores funciones se entenderán sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes y no se consideran exclusivas de los corredores públicos







Agentes Comerciales

Puede ser definido como un mandatario que a titular de profesión independiente, sin estar ligado por un contrato de prestación de prestación de servicios, se encarga de manera permanente de promover y de concluir contratos mercantiles, Barrera Graf señala que dentro de la categoría de agentes cabe una gama amplísima, “por que comprende a los agentes a los que se refieren a las leyes citada como a muchos otros (agentes y agencias) reconocidos por los usos mercantiles: Entre otros, los de publicidad, los agentes de compras y ventas de automóviles, de refrescos, cerveza; los de colaciones; los transportes, las agencias funerarias.
Estos agentes ocupan un lugar verdaderamente importante porque tiene que velar por que el pedido  o cualquier venta realizada sea llegada sin ningún impedimento a su dueños y solucionar los  impedimentos que puedan presentar

Otros agentes

Existe así mismo un gran número de personas cuya actividad está caracterizada empelo de la palabra agentes, los cuales pueden ser considerados como empresarios o bien como prestadores de servicios no dependientes de una empresa.

Como por ejemplo puede ser alguna agencia que prestes sus servicios a cualquier entidad para llevar a cabo las actividades a realizadas
Agentes de seguros:
son personas físicas o morales que intervienen en la contratación de seguros mediante el e intercambio de propuestas y aceptaciones, así como el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos esos agentes perciben en compensación de su actividad emolumentos, denominados comisión, serán cubiertos solamente cuando las primas hayan ingresado efectivamente a la institución de seguros. Ara hacer agentes de seguros se requiere autorización que expide la CNCF.
Acá intervienen los seguros de carros , seguros de vida o cualquier tipo de seguro  las personas los contratan para poder estar seguros de que si en caso de un accidente el seguro que lo está cubriendo este se haga responsable de los gasto a realizar.
LOS AUXILIARES DEL COMERCIANTE

El comerciante,  en el  ejercicio de su  empresa,  requiere la colaboración de otras personas; de la actividad y servicios ajenos.
la organización de la empresa y se encuentran, por tanto, en una posición independiente respecto al comerciante. Su actividad se despliega no sólo al servicio de un comerciante determinado, sino de todo el que lo solicita, y, por eso, la doctrina lo conoce también con el nombre de auxiliares del comercio.

Las personas que desempeñan constantemente alguna o algunas gestiones propias de una empresa en nombre y por cuenta de su titular; sus actos obligarán a su principal en todas las operaciones que les tuvieran encomendadas, el alcance de sus actividades es fijado por el principal.

Comisionistas Comisionista el que desempeña una comisión mercantil, comitente el que la confiere., es autónomo porque no presta su actividad exclusivamente a un comerciante sino a todo el que la solicita

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